Desde el inicio del año escolar 2026 está vigente la Ley N.° 21.801 sobre celulares en colegios. Publicada el 11 de febrero de 2026, modificó la Ley General de Educación y estableció una prohibición general del uso de dispositivos móviles personales en educación parvularia, básica y media. Los establecimientos debían actualizar sus reglamentos internos a más tardar el 30 de junio de 2026.[1][2]

La norma no prohíbe toda la tecnología educativa. Regula principalmente celulares, smartphones, tablets personales, relojes inteligentes y otros equipos portátiles de comunicación. Los dispositivos institucionales utilizados en actividades pedagógicas planificadas quedan fuera de esta prohibición.[3][4]

La ley no impone un único sistema de custodia. Cada establecimiento debe definir, en su reglamento interno sobre uso de celulares, cómo materializa la prohibición: por ejemplo, equipos apagados y guardados, almacenamiento en casilleros o entrega al ingresar. También debe informar los procedimientos, las excepciones y las medidas formativas o disciplinarias. Por eso, lo que vale para cada familia es la regla concreta de su colegio.[3][4][5]

La prohibición de celulares en colegios Chile no elimina la necesidad de comunicación familiar. Puede haber cambios de horario, trayectos, actividades deportivas o situaciones de seguridad. Durante la jornada, Mineduc indica que la comunicación debe canalizarse por los medios formales del establecimiento.[3]

Fuera de esos momentos, simpleCare ofrece una alternativa al celular para niños: permite llamadas directas a los padres, ubicación GPS y un botón SOS para niños, sin redes sociales, juegos, navegación libre ni una pantalla que genere distracciones. La comunicación se realiza con la red de confianza definida por la familia, sin intermediarios ni call centers.

Esto no significa que simpleCare esté automáticamente autorizado dentro de todos los colegios. Aunque sea un dispositivo para niños sin pantalla, su porte y uso deben revisarse con el establecimiento y ajustarse a su reglamento. Cuando exista una razón temporal de seguridad personal o familiar, la ley permite solicitar una excepción fundada, que debe ser evaluada y autorizada por la dirección.[1][3]

La nueva regulación busca recuperar concentración, convivencia y encuentro presencial. La mejor respuesta no es elegir entre incomunicación o smartphone, sino acordar con el colegio una forma de contacto proporcional a la edad y a la necesidad real del niño.

Fuentes para profundizar

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *